viernes, 27 de febrero de 2015

PRINCIPIO DE ESTABILIDAD

Busca garantizar la permanencia de los empleados vinculados,con el fin de tener un medio para el sustento vital, además asegurar el desarrollo del individuo en la sociedad. Los empleados No pueden ser despedidos sin justa causa.
Si es con justa causa deben ser indemnizados.

Consta de 4 Fueros

FUERO SINDICAL: Garantía de que gozan algunos trabajadores que pertenezcan al sindicato de no ser despedidos, ni desmejorados en sus condiciones de trabajo.

FUERO DE MATERNIDAD: Ninguna mujer puede ser despedida por motivo de embarazo o lactancia.

FUERO CIRCUNSTANCIAL: Los trabajadores que presenten un pliego de peticiones, no pueden ser despedidos sin justa causa comprobada, desde la fecha de la presentación del pliego hasta terminada la negociación.

FUERO POR DISCAPACIDAD: En ningún caso una persona con limitaciones puede ser obstáculo para una vinculación laboral, No obstante, quienes sean  despedidos o su contrato terminado por discapacidad,tendrán derecho a 180 días del salario, sin afectar las demás prestaciones e indemnizaciones.





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